Página 1 de 1
Multa injusta
Publicado: 12 Mar 2009, 12:04
por sergibuda
Ayer fui a Correos a recibir una carta certificada de la Agencia Tributaria y al abrirla vi que se trataba de una notificación de providencia de apremio por una deuda de una sanción del Servei Català del Trànsit.
Hoy he estado indagando vía internet y teléfono y he descubierto que la sanción hace referencia a unos hechos ocurridos el sábado 6 de octubre de 2007 a las 21:00 h en el Km 673 de la N-II. La denuncia es por conducción negligente al no respetar un ceda el paso, obligando a un frenazo brusco a otros conductores para evitar la colisión, y continuar circulando en zig-zag. Se me intentó notificar el 26 y el 27 de febrero de 2008 y otra vez en agosto de 2008 y se publicó en el DOGC núm. 5157 - 20/06/2008.
A partir de aquí, he mirado en la web
www.sergibuda.cat y resulta que el 6/10/07 yo estaba en Pina de Ebro (en la concentra de Perros del Ebro) y el Km 673 de la N-II corresponde a un lugar en el Maresme. Es decir, que existe una confusión porque yo no pude ser el infractor.
He hablado con el RACC y me dicen que la sanción, al no haberse recurrido en su momento, ya es en firme y además comporta la pérdida de cuatro puntos.
¿Alguien sabe qué puedo hacer?
Publicado: 12 Mar 2009, 12:13
por Perdido
Joder que putada

mira a ver si tu seguro tiene algun tipo de cobertura de reclamación de multas y/o sus servicios juridicos te pueden aclarar algo...
Recurrir debe de ser posible
Publicado: 12 Mar 2009, 12:18
por Gondoliere
Sergi, yo no soy letrado y seguro que los del RACC sabe de lo que habla. Sin embargo y usando el sentido comun, debe de existir alguna forma de recurrir cuando el pejudicado nunca tuvo tuvo coniocimiento de la denuncia. Puede que la denuncia y sanción se haya publicado en algun tipo de "boletin" oficial y por consiguiente tiene validez de notificación. No obstante, me parece que si estamos en un estado de derecho, el que no sea recurrible produce indefensión y por consiguiente debe de haber alguna forma de recurrir.
Publicado: 12 Mar 2009, 12:50
por Heitbell
Sergibunda, vamos a ver, según la ley de procedimiento administrativo común te han tenido que intentar notificar la sanción, bien, dices que han intentado hacerlo dos o tres veces, pero... ¿Te han dejado algún documento en el que te notifiquen el intento de notificación? si ha sido así y no has hecho caso poco veo que puedas hacer compañero, pero si no te han dejado aviso ninguno (ojo, ni a tí ni a nadie, incluído el portero, esto no es broma) a lo mejor te puedes agarrar ahí.
Las dos primeras notificaciones han de hacerlas a distinto horario la una de la otra dentro de los tres días siguientes.
En principio tendrías que tener algún aviso, desconozco la normativa específica de tráfico, pero casi seguro es lo que te estoy diciendo. Ley 30/92
No creo que Cataluña tenga normativa específica en esta materia, sobre todo con el régimen de notificaciones, pero a saber...
Publicado: 12 Mar 2009, 13:51
por ROMO
Esa multa seguro que es consecuencia de la denuncia de uno de los conductores afectados por los supuestos frenazos o por un helicoptero de tráfico, y por supuesto no pongo en duda que que tu no seas el infractor, mi consejo es como los demás compañeros, intentar que admitan el recurso y adjuntar todas la pruebas que tengas al respecto, de todas maneras me temo que tendrás que pagar la sanción o te lo quitarán de tu cuenta, aunque hayas tramitado el recurso.
Publicado: 12 Mar 2009, 14:39
por vakasaki two
Hola,, sin entender mucho de esto si te puedo decir k te pueden pasar dos cosas
1ª recurre la sancion demostrando k no eres tu po estar en otro lugar, y esperar
2ª puesto k te lo reclama haciendam paga y despues reclama
lo k si esta claro es k o te mueves o tendrs k pagar y perder los puntos
y siempre solicita la foto de la posible inflaccion k has cometido,,
trabajo en una empresa de alkiler de coches con conductor y nos pasan multas
de toda indole, menos mal tenemos abogado...
espero te sirva de algo. un abrazo
v,ssssss
virrasss
Publicado: 12 Mar 2009, 16:48
por VULCACCORD
Considero que esa denuncia ya es firme en vía administrativa, por haberse cumplido los plazos para presentar recurso (en el caso de que no sea posible la notificación en el domicilio, posteriormente se realizará en el boletín oficial de la respectiva comunidad autónoma, por lo que se considera que ya se ha efectuado la notificación) y además con la administración hay que tener en cuenta el principio "solve et repete", es decir, paga y después recurre.
Pero aunque sea firme en vía administrativa, todavía podrías acudir a la vía contencioso-administrativa, consúltalo con los servicios jurídicos de tu seguro. Suerte compañero.
Publicado: 12 Mar 2009, 18:01
por Heitbell
O recurso extraordinario de revisión en vía administrativa.
Publicado: 12 Mar 2009, 18:55
por fernagoz
SERGI....yo estoy apuntado a una empresa que se llama MULTAUTO..estan anivel nacional..y la verdad es que son muy efectivos....lo primero es QUE NO TIRES NINGUN PAPEL, YA QUE LA ENTREGA DE LA MULTA A SIDO MUY POSTERIOR A LA FECHA ADMINISTRATIVA....y quizas por defecto de forma...
Saludos desde Atc Bilbao 3 - Barsa 1
ATHLETIC TXAPELDUN Ondo Pasa...
